18 Sep 2025, Jue

La Justicia admitió acciones contra la reforma a la ley ambiental y el Gobierno de Córdoba ira a juicio por «inconstitucionalidad»

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) dió luz verde a acciones legales presentadas por asociaciones ambientalistas que cuestionan la reforma de la Ley de Políticas Ambientales.

En agosto del 2022 el gobernador Juan Schiaretti y el Secretario de Ambiente Juan Carlos Scotto solicitaron la modificación de la Ley de Política Ambiental (10.208). El 9 de septiembre fue sancionada en Legislatura como Ley de Políticas Ambientales 10830.

Organizaciones ambientalistas buscaron declarar como inconstitucional la reforma, bajo el argumento de que esta nueva ley invalida los anexos I Y II de la 10208 y redujo significativamente los controles previos para la autorización de proyectos con posibles impactos ambientales, alegando que ciertas iniciativas ya no requieren evaluación de impacto ambiental (EIA) o se han reducido las fases y aspectos sujetos a EIA.

A partir de la presentación formal, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió formalmente el pedido de inconstitucionalidadpor lo cual el Gobierno de Córdoba deberá enfrentarse a un juicio.

Se acumulará en un único proceso las acciones presentadas por tres asociaciones ambientalistas: la Asamblea Vecinos del Chavascate, la Asociación de Amigos del Río San Antonio (ADARSA) y el Foro Ambiental Traslasierra.

Las demandas buscan determinar si los cambios violan los derechos de participación ciudadana y la protección del ambiente. Además, el TSJ abrió un camino para evaluar la compatibilidad de la reforma con los mandatos constitucionales y los tratados internacionales de derechos humanos. El tribunal resalta que cualquier regulación en materia ambiental debe buscar prevenir daños significativos y promover la mejora del ambiente.

Si bien el TSJ dió lugar a la demanda, no aceptó la solicitud de la cautelar presentada por los vecinos, que buscaba suspender la reforma legislativa mientras se resolvía la Acción Declarativa de Inconstitucionalidad. Los magistrados sostuvieron que no se puede suspender una ley sancionada por los poderes públicos.